Visa B-2 Visitantes de Placer/Turismo
Visa B-2 Visitantes de Placer/Turismo
De los más de 20 millones de No Inmigrantes admitidos anualmente en Estados Unidos, más de tres cuartas partes vienen como turistas a disfrutar de “comer helados y ver a Mickey Mouse”. La categoría de visa apropiada para un turista es la Visa B-2; que aparte también cubre actividades como visitas a familiares o amigos; visitas por razones de salud; participación en conferencias; participación en cursos de estudio incidentales o cortos y la participación en eventos artísticos y de entrenamiento deportivo aficionado.
Los futuros estudiantes también pueden obtener una Visa B-2; pero ya no se les permitirá cambiar al estatus de Estudiante en USA a menos que anuncien su intención de hacerlo al inspector del Servicio de inmigración UCIS en la frontera.
El proceso para obtener la Visa B-2 puede ser bastante simple o muy difícil; dependiendo del origen nacional del solicitante; su país de residencia; la edad; el estado civil; los vínculos de USA con su país de origen; sus vínculos de trabajo y residencia con su país de origen o de donde reside. También su historial de uso de visa puede influir positiva o negativamente a la hora de su aprobación.
Para calificar para una Visa de Turista una persona debe cumplir con algunos requisitos generales necesarios para demostrar su intención de no migrar a USA:
- El extranjero viene a USA por un período de tiempo específico.
- No realizará trabajo alguno y se dedicará únicamente a actividades legítimas relacionadas con el placer o el turismo.
- El extranjero debe mantener una residencia en el extranjero y no tiene intención de abandonarlo durante el período de su estadía en USA.
- Bajo ningún concepto viene a realizar algún tipo de trabajo en los Estados Unidos.
Si usted tiene este tipo de visa, ¡cuídelas! Considérelas un privilegio que le dio los Estados Unidos para visitar, con carácter temporal este país. No puede abusar de su uso, ni venir tan continuamente a USA, para que un funcionario pueda pensar que usted está violentando el uso de este tipo de visa y la razón por la cual le fue otorgada. Peor aún, que llegara a pensar o presumir que usted está trabajando en los Estados Unidos.
Siempre consulte con el oficial el tiempo de permanencia que le dio o consulte con el servicio de inmigración (UCIS) la validez de su I-94; que es la Forma que se emite con la fecha de su entrada y la fecha de salida que usted debe cumplir, desde que entró al país. Su I-94 es el documento valido legalmente que le indicara cuánto tiempo usted realmente puede permanecer en los Estados Unidos.